Partida de bautismo
El plazo de entrega para el certificado de bautismo es de 3 meses
PRECIO
25,00 €
* No están incluidos los gastos de envío
* No varía el precio por el nº de copias
* Todas las solicitudes tienen tratamiento de urgencia sin ningun coste adicional
La partida de bautismo es una certificación eclesiástica de la persona que fue bautizada.
La solicitamos a la diocesis, donde pertenezca la parroquia donde se celebró el bautizo. Dependiendo de la diócesis, que expide el documento, su precio oscila entre los 10 y 20 euros.
Es un certificado que se solicita para contraer matrimonio por la iglesia, para ser docente de religión…etc.
La Ley de Memoria democrática, que facilita la nacionalidad española, a los descendientes de aquellas personas que huyeron a otro país por motivos políticos, ha provocado que haya una autentica avalancha en las solicitudes de certificados. Para aquellas personas que nacieron con anterioridad a 1957, pueden que no estén registradas en el Registro Civil correspondiente, no era obligatorio entonces. Pero sí existe el certificado de bautismo. De ahí semejante avalancha.
(Sólo se atienden a las solicitudes hechas por motivos burocráticos o de nacionalidad)
PRECIO
25,00 €
* No están incluidos los gastos de envío
* No varía el precio por el nº de copias
* Todas las solicitudes tienen tratamiento de urgencia sin ningun coste adicional
La partida de bautismo es una certificación eclesiástica de la persona que fue bautizada.
La solicitamos a la diocesis, donde pertenezca la parroquia donde se celebró el bautizo. Dependiendo de la diócesis, que expide el documento, su precio oscila entre los 10 y 20 euros.
Es un certificado que se solicita para contraer matrimonio por la iglesia, para ser docente de religión…etc.
La Ley de Memoria democrática, que facilita la nacionalidad española, a los descendientes de aquellas personas que huyeron a otro país por motivos políticos, ha provocado que haya una autentica avalancha en las solicitudes de certificados. Para aquellas personas que nacieron con anterioridad a 1957, pueden que no estén registradas en el Registro Civil correspondiente, no era obligatorio entonces. Pero sí existe el certificado de bautismo. De ahí semejante avalancha.
(Sólo se atienden a las solicitudes hechas por motivos burocráticos o de nacionalidad)
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